Cuántas vueltas hemos dado en este blog a las ayudas directas (y las que nos quedan). Prometían ser el salvavidas de las empresas y autónomos y se han visto envueltas en la controversia por diversos motivos. Aquí ya hemos comentado algunos de ellos y parece ser que no íbamos mal encaminados cuando nos mostrábamos críticos con varios requisitos y condiciones de las ayudas.
Y esto lo decimos porque últimamente estamos conociendo importantes acontecimientos a tenor de estas ayudas que involucran a las instituciones públicas. Hace unos días, supuestamente el ministerio de economía emitió una circular (aunque no se ha confirmado) informando a las comunidades de que el criterio de que la subvención tiene que tener como finalidad la satisfacción de deuda pendiente de pago podrá no ser de aplicación obligatoria cuando se cumpla de forma evidente el requisito de caída del 30% de los ingresos.
Además, muchas comunidades han expresado su indignación con el Gobierno, ya que deben necesariamente acogerse al real decreto que regula las subvenciones y es este texto el que ha generado la polémica. Algunas han ido todavía más lejos, como es el caso de la Comunidad de Castilla y León, donde ante el sobrante de fondos y las pocas solicitudes recibidas han decidido unilateralmente ampliar los sectores y el plazo de las ayudas.
Esto debería permitir que los sectores lleguen a más gente, ya que de momento, según estimaciones de patronales y asociaciones empresariales, que han sido las principales encargadas de elevar las quejas de las PYMES y autónomos, las ayudas solo habrían llegado a un 10% de las empresas.
A partir de ahora, ya no existe lista de sectores beneficiados: todos los sectores pueden aplicar a la subvención con las únicas excepciones de las actividades financieras, de seguros, del hogar y de organizaciones u organismos extraterritoriales. Esto supone una gran oportunidad para negocios como empresas agrícolas, academias, talleres, agencias de marketing, etc. que no podían aplicar en un primer momento y que ahora si podrán beneficiarse.
Además, se ha ampliado el plazo también un mes más, hasta el 20 de agosto. Esto supone que prácticamente hemos entrado en una segunda fase de ayudas directas distinta a la primera. Y podría no ser la última, ya que si los fondos siguen sin agotarse, y todo indica que así será, la puerta queda abierta a nuevas modificaciones y ampliaciones de plazo. Quizás la próxima vez se trate de la adaptación de las subvenciones a la supuesta eliminación del requisito de deuda, lo cual supondría un antes y un después en las ayudas directas, ya que el número de negocios que podría solicitarla se multiplicaría.
Debemos ser conscientes de que, a pesar de las dificultades vividas durante la pandemia, la mayoría de negocios han hecho esfuerzos para mantener sus pagos al día, y los negocios que tienen deuda pendiente son una minoría. Esta posible modificación tendría mucho sentido para nosotros, ya que siempre hemos dicho que las condiciones actuales de las ayudas directas perjudican al que religiosamente ha pagado y benefician al que no.
Esta nueva situación es una oportunidad que no se debe dejar escapar, y como siempre insistimos desde Rubvex, lo más importante es solicitar las ayudas. Muchas veces nos encontramos con clientes que no las piden porque anticipan que no cumplen con las condiciones, sin embargo en muchas ocasiones acabamos encontranto una manera, por ello es muy importante informarse con especialistas como nosotros.
Desde Rubvex hacemos todo lo posible para que consigas la subvención que tu negocio se merece aumentando al máximo las posibilidades de concesión y la cantidad concedida. Contáctanos al 698 91 18 97 para más información. Te atenderemos sin compromisos.